Esta investigación se apuntala en un concepto fundamental: la comprensión y posterior aceptación de la diferencia entre los principios y las reglas técnicas en el derecho procesal. Por esta vía y con base en el hecho de que los principios son normas de naturaleza axiológica, tienden a ser absolutos y no admiten contrarios y las reglas técnicas por su parte, son de contenido práctico o logístico, el autor concluye que en relación con los primeros un código de procedimiento judicial debe ser absolutamente respetuoso, pero en lo tocante a las segundas (la tesis central del libro) debe ser práctico, gerente, móvil y sobre todo flexible.
La propuesta apunta a que un código de procedimiento judicial debe diseñarse de tal forma que permita variar sus reglas técnicas a voluntad (de allí su flexibilidad), pasar de la oralidad a la escritura, de la mediación a la inmediación, de la primera a la única instancia y por todos y cada uno de los puntos intermedios entre estos pares antitéticos e incluso, aplicar estos cambios de manera sectorial para territorios o ámbitos judiciales específicos todo ello según las necesidades prácticas que surjan en un momento determinado y de acuerdo con la ciencia de la administración. Con esta obra, el autor sugiere cómo debe organizarse y funcionar la rama judicial de la administración de justicia; es decir, con base en criterios administrativos, pues según Domínguez a partir del problema del ser y el deber ser el funcionamiento de la justicia se ubica en el plano del ser y por lo tanto es objeto de estudio de las ciencias de esa esfera, entre las que se encuentra la administración.