Realidades como el derecho de acceso o de uso, en la actualidad, están alterando sustancialmente la configuración clásica de los derechos patrimoniales que venían constituyendo el corazón de la imposición personal. La globalización y la digitalización de las relaciones económicas y sociales, por otra parte, han modificado y precipitado en una acelerada crisis las categorías clásicas sobre las que se habían venido construyendo los impuestos directos, como el concepto de residencia o el de contribuyente, y se deslizan en los ordenamientos paráfrasis de difuso perfil como “presencia digital significativa” o “beneficiario efectivo”, de una indudable potencialidad en la configuración del deber de contribuir.
Este riguroso y exquisito estudio ha de ofrecer, sin duda, a los profesionales del derecho tributario de lengua española –a un lado y otro del Atlántico–, una hermenéutica extraordinariamente útil para elaborar la normativa –o para enjuiciarla– a la luz de los principios constitucionales de justicia que en todo momento han de presidir la realización del derecho tributario.
José A. Rozas Valdés
Universitat de Barcelona